CIUDAD DE PUEBLA, Pue.- Con el acuerdo emitido por el gobernador, Miguel Barbosa Huerta, relacionado con la suspensión temporal de actividades no sustantivas de la administración estatal, la Comisión Estatal de Vivienda de Puebla acata la instrucción y se suma a las medidas de prevención contra el COVID-19. De igual manera, tal como lo señaló el titular del Ejecutivo, las áreas esenciales de esta dependencia mantendrán sus actividades. Asimismo, el área de Atención Ciudadana, estará disponible para las y los ciudadanos a través de las direcciones de correo electrónico correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ; además del portal institucional www.cevp.puebla.gob.mx. Finalmente, también servirán como vínculo de comunicación las cuentas oficiales en redes sociales de la Comisión, en Twitter @ViviendaGobPue
Oficio que se dirige al Registro Público de la Propiedad a solicitud de la Comisión en su carácter de acreedor, para dejar sin efecto la hipoteca que se constituyó como garantía sobre un predio propiedad de un beneficiario de algún Programa social de vivienda, derivado de un crédito para mejora o construcción y que haya liquidado sus obligaciones económicas.
Se fundamenta en los artículos 2957 y 2958 del Código Civil para el Estado Libre y Soberano de Puebla, y consiste en la anotación que el Registrador realiza al margen de la inscripción respectiva, para que quede extinguida la hipoteca con todos sus efectos.
Documento que se emite en favor de los beneficiarios que a han liquidado las obligaciones económicas derivadas de Programas sociales de vivienda, con la finalidad de que, en caso de reunir los requisitos legales y administrativos necesarios, puedan solicitar por escrito a la Comisión, el trámite de liberación de hipoteca o escrituración del inmueble según corresponda.